Decreto 351 79 seguridad e higiene

Decreto 351 79 seguridad e higiene

Decreto 351 79 seguridad e higiene

Residuos no patógenos

El Código de Alimentos y Bebidas establece normas generales, especiales y particularmente detalladas en relación con las especificaciones de seguridad e higiene de casi todos los tipos de alimentos y bebidas que se comercializan. Contiene amplias regulaciones sobre cada categoría de alimentos y bebidas, es decir, leche, pan, productos de harina, bebidas alcohólicas, etc., y establece los métodos de producción y procesamiento de alimentos. Las disposiciones generales contenidas en el Código se refieren, sin excepciones, al
Decreto Ministerial nº 84/2010 por el que se modifican determinadas disposiciones del Código Alimentario, en cumplimiento de la Directiva 2009/163/UE de la Comisión, de 22 de diciembre de 2009, por la que se modifica la Directiva 94/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios, en lo que respecta al neotamo.
Decreto Ministerial nº 6/2011 por el que se modifica el artículo 26 del Código Alimentario, relativo a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios, en cumplimiento de la Directiva 2011/8/UE de la Comisión por la que se modifica la Directiva 2002/72/CE en lo que respecta a la restricción del uso del bisfenol A en los biberones de plástico.

Ejemplos de residuos patógenos

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades precisas para establecer un nivel adecuado de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz.
Según el artículo 6 de la ley, son las normas reglamentarias las que deben recorrer los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, estableciendo las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre dichas medidas se encuentran las destinadas a garantizar la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido en el trabajo.
Este cuerpo normativo se compone de varias directivas específicas. Se ha aprobado la Directiva 2003 /10/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de febrero de 2003, sobre las disposiciones mínimas para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, que deroga la Directiva 86 /188/CEE, de 12 de mayo, que se transpone a nuestro derecho interno mediante el Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo. Este real decreto deroga el Real Decreto 1316/1989 y transpone al derecho español la Directiva 2003 /10/CE.

Qué son los residuos patógenos

En América Latina, al igual que en el resto del mundo, el enfoque de la salud ocupacional en sus inicios fue la prestación de primeros auxilios y atención hospitalaria especializada, la evaluación del daño biológico desde una perspectiva puramente clínica o quirúrgica, y el tratamiento y la rehabilitación de las discapacidades. A su vez, las cuestiones relacionadas con la prevención se abordaban exclusivamente en los reconocimientos médicos pre-laborales y periódicos, las encuestas de higiene y las campañas de educación sanitaria.
Esto no significa que se haya abandonado la investigación clásica. Los trastornos típicamente relacionados con el trabajo (neumoconiosis, intoxicaciones, varios tipos de cáncer, dermatitis por disolventes y pérdida de audición, entre otros) siguen siendo muy relevantes en América Latina. Sin embargo, otros tipos de problemas de salud estrechamente relacionados con el trabajo, como los trastornos mentales, las enfermedades psicosomáticas, la fatiga patológica, recibieron menos atención por parte de los investigadores.
Lenta, pero progresivamente, bajo la influencia de las recomendaciones técnicas formuladas por los organismos internacionales (OMS/OPS, OIT) el enfoque de la prestación de atención se fue desplazando hacia la prevención. Uno de los desencadenantes de este cambio de paradigma fue el Convenio C155 de la OIT, sobre seguridad y salud en el trabajo, de 1981. El artículo 5 establece:

Decreto 351 79 seguridad e higiene en línea

Garantizar unas condiciones de trabajo seguras y saludables para los trabajadores y trabajadoras; autorizar la aplicación de las normas desarrolladas en virtud de la Ley; ayudar y alentar a los Estados en sus esfuerzos por garantizar unas condiciones de trabajo seguras y saludables; proporcionar investigación, información, educación y formación en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo; y para otros fines.
El Congreso considera que las lesiones y enfermedades personales derivadas de situaciones laborales suponen una carga sustancial y un obstáculo para el comercio interestatal en términos de pérdida de producción, pérdida de salarios, gastos médicos y pagos de indemnizaciones por incapacidad.
El Congreso declara que es su propósito y política, a través del ejercicio de sus poderes para regular el comercio entre los distintos Estados y con las naciones extranjeras y para proporcionar el bienestar general, asegurar en la medida de lo posible a todos los trabajadores y trabajadoras de la nación condiciones de trabajo seguras y saludables y preservar nuestros recursos humanos –
alentando a los empleadores y a los empleados en sus esfuerzos por reducir el número de riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo en sus lugares de trabajo, y para estimular a los empleadores y a los empleados a instituir nuevos programas y a perfeccionar los existentes para proporcionar condiciones de trabajo seguras y saludables;

Acerca del autor

admin

Ver todos los artículos